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decreto 4843 de 2008

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994 y en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 4704 de 2008, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 4704 de diciembre 15 de 2008, se declaró el estado de emergencia social en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) días. Que de acuerdo con las motivaciones del mencionado decreto y con el objeto de conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, resulta indispensable

Considerando · 3 motivos

Que mediante el Decreto 4704 de diciembre 15 de 2008, se declaró el estado de emergencia social en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) días.

Que de acuerdo con las motivaciones del mencionado decreto y con el objeto de conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, resulta indispensable establecer medidas para neutralizar la situación social que compromete a las regiones más afectadas, por lo cual, se hace necesario aumentar la cobertura de los programas sociales orientados a solucionar dicha situación.

Que como consecuencia de lo anterior se hace necesario modificar la Ley 1169 de 2007, "por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2008", efectuando contracréditos y créditos en el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones por la suma de doscientos veinte mil millones de pesos ($220.000.000.000) moneda legal, con el fin de atender los gastos ocasionados por las medidas requeridas para atender el estado de excepción.

Artículo 1Presupuesto De Gastos O Ley De Apropiaciones

°. Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones . Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2008, en la suma de doscientos veinte mil millones de pesos ($220.000.000.000) moneda legal, según el siguiente detalle: CONTRACREDITO - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION CTA. PROG SUBC. SUBP CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL SECCION 1301 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 220.000.000.000 220.000.000.000 TOTAL CONTRACREDITOS SECCION 220.000.000.000 220.000.000.000 TOTAL CONTRACREDITO 220.000.000.000 220.000.000.000

Artículo 2

°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos en el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal 2008, según el siguiente detalle: CREDITOS - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION CTA. PROG SUBC. SUBP CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL SECCION 0210 AGENCIA PRESIDENCIAL PARA LA ACCION SOCIAL Y LA COOPERACION INTERNACIONAL ACCION SOCIAL B. PRESUPUESTO DE INVERSION 220.000.000.000 220.000.000.000 530 ATENCION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO 220.000.000.000 220.000.000.000 1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 220.000.000.000 220.000.000.000 TOTAL CREDITOS SECCION 220.000.000.000 220.000.000.000 TOTAL CREDITOS 220.000.000.000 220.000.000.000

Artículo 3

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994 y en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 4704 de 2008, y
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, encargado de las funciones del Despacho del Ministro del Interior y de Justicia
El Ministro de Relaciones Exteriores
La Viceministra de Hacienda y Crédito Público encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
El Ministro de la Protección Social
El Ministro de Minas y Energía
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo
La Viceministra de Educación Preescolar Básica y Media encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Educación Nacional
El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
La Ministra de Comunicaciones
El Ministro de Transporte
La Ministra de Cultura