DecretoVigente
Decreto 2881 de 1984
Por el cual se aprueba el acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 12 De Septiembre 6 De 1984 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: Acuerdo Numero 12 De 1984 (Septiembre 6) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones Y Considerando: A) Que Mediante El Decreto Número 2078 De 1940 Y De Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención En Los Mercados Cafeteros Para El Desarrollo Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1978 Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Habían Podido Prever Originalmente A Fin De Darle Desarrollo Y Cumplimiento A Normas Legales Y A Disposiciones E De Los Congresos Cafeteros; B) Que, Con El Fin De Mejorar El Nivel Social Y Económico De Los Pequeños Caficultores, La Federación Nacional De Cafeteros De Colombia, Por Medio Del Acuerdo Número 6 De 1959, Dictado Por El Xxi Congreso Nacional De Cafeteros, Creó El Fondo Rotatorio De Crédito Cafetero, Cuyo Objeto Es Otorgar A Tales Cultivadores Créditos Que Ordinariamente No Se Puedan Otorgar Directamente Por La Banco Cafetero; C) Que El Subcomité Técnico Ha Recomendado Al Comité Nacional Destinar La Suma De Cincuenta Millones De Pesos, ($502Artículo 2