Artículo 1El Texto Y Gravámenes De Las Posiciones 48
°. El texto y gravámenes de las posiciones 48.01. B.III. y 48.07-A.I. del Arancel de Aduanas serán los que a continuación se indican: Posición. Denominación. Gravamen. % 48.01 Papeles y cartones fabricados mecánicamente, incluída la guata de celulosa, en rollos o en hojas: B. Papeles para impresión, escritura y dibujo: III. Papel para impresión de libros y revistas, con marcas de agua o filigrana, consistentes en líneas o rayas continuas, paralelas, separadas unas de otras entre cuatro (4) y seis (6) centímetros. 60 48.07 Papeles y cartones estucados, revestidos, impregnados o coloreados en su superficie (Jaspeados, Indianas y similares), o impresos (distintos de los de la posición 48.06 y del Capítulo 49), en rollos o en hojas: A. Papeles y cartones "Couche" o esmaltados: I. Con marcas de agua o filigrana, consistentes en líneas o rayas continuas, paralelas separadas unas de otras entre cuatro (4) y seis (6) centímetros 60
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De Su Expedición
°. El presente Decreto rige a partir de su expedición. Comuníquese y cúmplase.