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decreto 1575 de 1975

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Artículo 1Apruébase El Acuerdo Número 10 De 25 De Abril De 1975, Emanado De La Junta Directiva De La Corporación Autónoma Regional Del Quindío (C

° Apruébase el Acuerdo número 10 de 25 de abril de 1975, emanado de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (C. R.Q.) y cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 10 DE 1975 (abril 25) por el cual se modifica la Planta de Personal de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (C.R.Q.) La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (C.R.Q.) en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, acuerda:

Artículo 1Suprímese La Planta, De Personal De La Corporación Autónoma Regional Del Quindío (C

° Suprímese la planta, de personal de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (C.R.Q.) a excepción de los siguientes cargos: No. De cargos Denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico Dirección General 1 Director General I 32 $ 12.000 1 Chofer V 11 2.120 Sección de Contabilidad. 1 Auxiliar de Contabilidad III 16 3.420 1 Liquidador de Cuentas III 16 3.420 División Eléctrica. 1 Mecanógrafo III 11 2.120 División de Recursos Naturales. 1 Mecanógrafo III 11 2.120

Artículo 2Créanse Los Siguientes Cargos En La Planta De Personal De La Corporación Autónoma Regional Del Quindío (C

° Créanse los siguientes cargos en la Planta de Personal de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (C.R.Q.) No. de cargos Denominación del empleo. Clase Grado Sueldo básico Dirección General 1 Mecanotaquígrafa II 13 2.570 1 Auxiliar de Oficina III 10 1.930 Secretaría General 1 Secretario General II 31 11.400 1 Mecanotaquígrafo II 13 2.570 División Administrativa 1 Jefe División Personal Asistencial I 28 9.600 1 Mecanógrafo III 11 2.120 Sección de Contabilidad. 1 Contador III 23 6.600 Sección de Tesorería. 1 Tesorero I 21 5.500 1 Ayudante de Contabilidad V 13 2.570 1 Revisor de Documentos IV 15 3.110 1 Revisor de Documentos III 14 2,830 1 Cajero Auxiliar VII 11 2.120 Sección Servicios Generales 1 Asistente Administrativo III 23 6.600 1 Almacenista II 17 3.770 1 Mecanógrafo III 11 2.120 1 Auxiliar de Servicios Generales VII 11 2.120 2 Auxiliar de Servicios Generales II 6 1.320 1 Kardixta III 14 2.830 División Eléctrica. 1 Jefe de División Personal Asistencial III 30 10.800 Sección Técnica. 1 Ingeniero I 26 6.600 1 Auxiliar de Ingeniería III 16 3.420 1 Liquidador de Cuentas III 16 3.420 1 Estadígrafo III 14 2.830 4 Mecanógrafo II 10 1.930 1 Oficinista II 13 2.570 Sección Operativa. 1 Ingeniero I 23 6.600 3 Supervisor de Personal Auxiliar IV 17 3.770 División de Recursos Naturales 1 Jefe de División de Personal Asistencial I 28 9.600 Sección Técnica. 1 Ingeniero I 23 6.600 1 Auxiliar de Ingeniería III 16 3.420 Sección Operativa. 1 Ingeniero I 23 6.600 1 Proveedor II 14 2.830 3 Mayordomos III 11 2.120 1 Inspector Auxiliar I 15 3.110 13 Guardabosques V 9 1.750 1 Auxiliar de Labores de Campo III 9 1.750 1 Ayudante de Meteorología I 10 1.930 1 Zootecnista V 23 6.600

Artículo 3El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y Para Su Validez Requiere La Aprobación Mediante Decreto Del Gobierno Nacional, Que Llevará Las Firmas Del Ministro De Agricultura, La Del Jefe Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil Y La

° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y para su validez requiere la aprobación mediante Decreto del Gobierno Nacional, que llevará las firmas del Ministro de Agricultura, la del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil y la. del Ministro de Hacienda y Crédito Público. Comuníquese y publíquese. Dado en Armenia (Q.) a los 25 días del mes de abril de 1975. El Presidente, (Fdo .), J. Iván Echeverry Osorio. El Secretario, (Fdo.). Octavio Valencia Díaz.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Apartir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

° El presente Decreto rige a apartir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil