Micelio

decreto 2881 de 1960

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Artículo 1

Artículo primero. Todos los empleos de Analistas, Jefes de Sección y Jefes de División de Personal de los organismos administrativos, serán provistos por el sistema de concurso establecido para el ingreso a la Carrera Administrativa por Decreto 1732 de 1960, inclusive los desempeñados por personal designado con anterioridad a la vigencia del citado Decreto.

Artículo 609 Del Decreto - Ley 1732 De 1960, El Concurso Convocado Por La Comisión Nacional Del Servicio Civil Mediante La Resolución Número 007 Del Presente Año, Además De Los Empleados Que Prestan Sus Servicios Actualmente En Los Mencionados Cargos, Podrán Participar Otros Empleados De La Administración Pública, Y Aspirantes De Fuera De Ella

Artículo secundo. De conformidad con el artículo 6° 09 del Decreto - ley 1732 de 1960, el concurso convocado por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante la Resolución número 007 del presente año, además de los empleados que prestan sus servicios actualmente en los mencionados cargos, podrán participar otros empleados de la Administración Pública, y aspirantes de fuera de ella.

Artículo 3

Artículo tercero. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.