Micelio

decreto 209 de 1999

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El Presidente de la República

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1

º . La distribución del reaforo del Situado Fiscal, correspondiente al sector educación, conforme con lo dispuesto por el

Parágrafo 1

del artículo 19 de la Ley 60 de 1993, se deberá realizar de acuerdo con un plan de ampliación de cobertura, que tendrá en cuenta la población potencial por atender en el sector educación, definida como la población entre 3 y 15 años que no asiste al servicio educativo.

Artículo 2

º . Para efectos de lo previsto en el artículo anterior el Conpes para la Política Social, establecerá la metodología para la aplicación del plan de ampliación de coberturas en el sector educación.

Artículo 3

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Educación
El Director del Departamento Nacional de Planeación