El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
Artículo 1A Partir Del 1° De Noviembre De 1990, Créase En La Misión Permanente De Colombia Ante La Organización De Los Estados Americanos -Oea- Con Sede En Washington-Estados Unidos De América, Un (1) Cargo De Auxiliar Administrativo 2 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Cuatrocientos Setenta Y Nueve Dólares Con 26/100 (Us$ 479
° A partir del 1° de noviembre de 1990, créase en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de los Estados Americanos -OEA- con sede en Washington-Estados Unidos de América, un (1) cargo de Auxiliar Administrativo 2 PA, con una asignación básica mensual de cuatrocientos setenta y nueve dólares con 26/100 (US$ 479.26).
Artículo 2Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores
° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público