Micelio

decreto 2552 de 1971

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3° del artículo 50 de la Ley 4ª de 1970, se autorizó al Gobierno Nacional para abril créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del numeral 3° del artículo 50 de la Ley 4ª de 1970, se autorizó al Gobierno Nacional para abril créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, por medio de la Resolución número 03878 de. 1971, declaró sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes, por un valor total de $ 1.048.162.70;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 77 de 1971, por un valor igual al que se trata de transferir, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1971: Presupuesto De Funcionamiento Contracréditos Departamento Administrativo Nacional De Estadística Capítulo 021 Departamento Administrativo Nacional De Estadística Programa 025 Administración Superior Servicios Personales

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Contracréditos Departamento Administrativo Nacional de Estadística Capítulo 021 Departamento Administrativo Nacional de Estadística Programa 025 Administración Superior Servicios personales. 101 111 103 Articulo 0251. Sueldos del personal denomina $ 182.162.70 102 111 117 Artículo 0253. Prima de Navidad 13.000.00 102 111: 129 Artículo 0256. Subsidio familiar 185.000.00 Programa 026 Información técnica Servicios personales 102 115 120 Artículo 0257 Prima Técnica 88.000.00 Programa 027 Procesamiento de datos Servicios personales 101 115 103 Artículo 0275. Sueldos del personal de nómina 150.000.00 Programa 028 Análisis socio-económico Servicios personales 101 115 103 Artículo 0285. Sueldos del personal de nómina 300.000.00 102 115 120 Artículo 0287. Prima técnica 130.000.00 Suman los contracréditos $ 1.048.162.70 Créditos Presupuesto de Funcionamiento Departamento Administrativo Nacional de Estadística Capítulo 021 Departamento Nacional de Estadística Programa 025 Administración Superior Gastos Generales 105 111 201 Artículo 0257. Mantenimiento y aseguros 60.000.00 106 111 211 Artículo 0262. Materiales y. suministros 18.583.13 Programa 026 Información técnica Gastos generales 106 115 207 Artículo 0271. Servicios de comunicaciones $ 850.000.00 Programa 029 Pago de vigencias expiradas Servicios personales. Artículo 0296. Para el pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de servicios personales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 6.837.30 Gastos Generales. Artículo 0297. Para el pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de gastos generales, mediante resoluciones de reconocimiento que requieren la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 112.742.27 Suman los créditos $ 1.048.162.70

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público