en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO que por Decreto 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró, turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Nación
Artículo 1
Artículo primero. Autorízase a la Corporación de Ferias y Exposiciones creada por Decreto 1772 de 1954 (junio 8), para transformarse en entidad de derecho privado de naturaleza, comercial, con el carácter de sociedad anónima.
Artículo 2
Artículo segundo. Autorízase al Gobierno Nacional para ceder al Instituto de Fomento Industrial la totalidad del capital que tiene en la Corporación de Ferias y Exposiciones.
Artículo 3
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende todas las medidas que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.