Micelio

decreto 209 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1Apruébese La Siguiente Resolución De La Superintendencia De Sociedades Anónimas: "resolucion Numero 72 De 1951 (Enero 31) Por El Cual Se Fijan El Personal Subalterno De La Superintendencia Y Sus Asignaciones

° Apruébese la siguiente resolución de la Superintendencia de Sociedades Anónimas: "RESOLUCION NUMERO 72 DE 1951 (ENERO 31) por el cual se fijan el personal subalterno de la Superintendencia y sus asignaciones. El Superintendente de Sociedades Anónimas, en ejercicio de sus facultades legales, RESUELVE:

Artículo 1A Partir Del 19 De Enero De 1951, El- Personal Subalterno De La Superintendncia Y Sus Asignaciones, Serán Como Se Determinan A Continuación: Oficina De Bogotá: Un Secretario General, Con$ 1

° A partir del 19 de enero de 1951, el- personal subalterno de la Superintendncia y sus asignaciones, serán como se determinan a continuación: Oficina de Bogotá: Un Secretario General, con$ 1.000.00 mensuales Cuatro Jefes , de Sección, cada uno con 900.00 " Seis Asesore. Jurídicos especializados, cada uno con 900.00 " Un Asesor Contable, con 800.00 " Cinco Contadores Primeros, cada uno con 750.00 " Siete Contadores Segundos, cada uno con 700.00 " Seis Contadores Terceros, cada uno con 600.00 " Ocho Contadores Cuartos, cada uno con 550.00 " Un Oficial Mayor, con 650.00 " Cinco Oficiales Primeros, cada uno con 500.00 " Seis Oficiates Segundos, cada uno con 430.00 " Seis Oficiales Terceros, cada uno con 340.00 " Cinco Oficiales Cuartos, cada uno con 300.00 " Un Portero, con 250.00 " Un Cartero, con 200.00 " Un Chofer, con 250.00 " El personal dé las oficinas seccionales, será el si guiente: " Oficina de Barranquilla. " Un Jefe, con 900.00 " Un Oficial Secundo, con 430.00 " Oficina de Cali. " Un Jefe, con 900.00 " Una Mecanotarmigrafa, con 300.00 " Un Portero, con 200.00 " Oficina de Medellín. " Un Jefe, con 90.00 " Una Mecanotaouigrafa, con 300.00 " Un Portero, con 200.00 "

Artículo 2Las Anteriores Asignaciones Constituirán La Totalidad Del Sueldo Mensual De Los Embicados Mencionados, Quedando Suprimidas, En Consecuencia, Toda Clase De Primas O Bonificaciones

° Las anteriores asignaciones constituirán la totalidad del sueldo mensual de los embicados mencionados, quedando suprimidas, en consecuencia, toda clase de primas o bonificaciones.

Artículo 3Los Empleados De La Superintendencia Que Anualmente Se Encuentran Desempeñando Los Caraos A Que Se Refiere Esta Resolución, No Necesitarán Posesionarse De Nuevo Para Continuar Ejerciéndolos

° Los empleados de la Superintendencia que anualmente se encuentran desempeñando los caraos a que se refiere esta Resolución, no necesitarán posesionarse de nuevo para continuar ejerciéndolos.

Artículo 4La Presente

° La presente. Resolución se someterá a la aprobación del Gobierno Nacional.

Artículo 2Este Decreto Rige Desde Su Fecha

° Este Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comercio e Industrias