en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en sesión de fecha 20 del presente mes de febrero, teniendo en cuenta la petición formulada conjuntamente por los Ministros de la Economía Nacional y de Obras Públicas, el concepto favorable del Ministró de Hacienda sobre el particular, y el del señor Contralor General de-la República en el mismo sentido, según oficio número 3121 del 19 del presente mes, determinó levantar el aplazamiento de la partida incorporada en el Presupuesto vigente par
Artículo 1Levántase El Aplazamiento Ordenado Según Decreto Número 265 De 1947 (Enero 29), Para La Siguiente Apropiación De La Ley De Castos Vigente: Ministerio De La Economia Nacional Capítulo 58 Artículo 959
º Levántase el aplazamiento ordenado según Decreto número 265 de 1947 (enero 29), para la siguiente apropiación de la Ley de Castos vigente: MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL CAPÍTULO 58 Artículo 959. Para las obras de defensa de Medellin contra las avenidas del río Medellín. Ley 110 de 1911 $ 100.000.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
º El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.