Micelio

decreto 1408 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con la Ley 2ª, de 1946 el Gobierno está llevando a cabo, por intermedio del Departamento de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas, un programa de construcción de edificios para Oficinas de Correos y Telégrafos en el país, yQue, para la rápida elaboración de los planos respectivos es necesario aumentar el personal técnico de la Sección de Proyectos del citado Departamento

Considerando · 1 motivo

Que de acuerdo con la Ley 2ª, de 1946 el Gobierno está llevando a cabo, por intermedio del Departamento de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas, un programa de construcción de edificios para Oficinas de Correos y Telégrafos en el país, yQue, para la rápida elaboración de los planos respectivos es necesario aumentar el personal técnico de la Sección de Proyectos del citado Departamento;

Artículo 1

Artículo único. Créanse en la Sección 2ª, Proyectos del Departamento de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas, los siguientes cargos, cuya asignación se pagará con .los fondos apropiados para la construcción de edificios para Oficinas de Correos y Telégrafos en el país: Un Arquitecto con $ 800.00 mensuales. Dos Dibujantes, cada uno con $ 270.00, mensuales.

Parágrafo

El personal que se nombre para desempeñar los cargos creados por el presente Decreto, se ocupará exclusivamente en proyectar y dibujar los edificios para Oficinas de Correos y telégrafos. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas