en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993
Artículo 1º
º. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar, en nombre de la Nación, el contrato de préstamo denominado "Programa Multisectorial de Inversión Pública 1999-2000" con la Corporación Andina de Fomento, CAF, por la suma de doscientos millones de dólares (US$200.000.000) de los Estados Unidos de América.
Artículo 2º
º. El presente decreto rige desde la fecha de su publicación. Publíque se, comuníquese, y cúmplase. Dado en santa Fe de Bogotá, D. C., a 10 de junio de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Hernández Celis.