Micelio

decreto 783 de 1947

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

Artículo único. A partir de la fecha autorizase al Consulado de Colombia en Glasgow Gran Bretaña, para expedir Visas de Turismo bajo la reglamentación establecida por el Decreto número 55 de 1940. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores