Artículo 1Suprímase La Oficina Telegráfica De Saltillo Y Crease La Postal Y Telegráfica De Fraguas (Departamento De Antioquia), Con El Mismo Personal Que Hoy Tiene La Que Se Suprime
Articulo 1° Suprímase la Oficina Telegráfica de Saltillo y crease la postal y Telegráfica de Fraguas (Departamento de Antioquia), con el mismo personal que hoy tiene la que se suprime.
Artículo 2Nombrase Telegrafista Administrador De Correos De Fraguas Al Señor Salomón Serna
Articulo 2° Nombrase Telegrafista administrador de correos de Fraguas al señor Salomón Serna.
Artículo 3El Presente Decreto Empezara A Regir Diez Días Después De Su Fecha
Articulo 3° El presente Decreto empezara a regir diez días después de su fecha. Comuníquese y publíquese
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno