Micelio

decreto 3421 de 1946

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Artículo 1

Articulo 1º Delégase a la Gobernacion del Departamento del Tolima , la construccion de la Escuela Normal de Varones de Icononzo construccion que se llevara a cabo de conformidad con los planos y especificaciones aprobados por el Gobierno Nacional para dicha obra, la cual estará además bajo el control y direccion de la Sección de A rquitectura del Ministerio de Educacion Nacional.

Artículo 2

Articulo 2º El Ministerio de Educacion Nacional girara a la Gobernacion del Departamento del Tolima la cantidad de $ 30.000 apropiada en el Presupuesto Nacional vigente, Capitulo 81, articulo 1429-A, con el exclusivo fin de llevar a cabo la obra que se delega.

Artículo 3

Articulo 3º El manejo de estos fondos por el Tesorero Departamental del Tolima, queda sujeto a lo establecido por la Contraloria General de la Republica , en Resoluciones 732 y 736 de 1945, lo mismo que a las demas dispocisiones vigentes ,sobre la materia. Comuniquese y publiquese

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educacion Nacional
El Ministro de Obras Publicas