Micelio

decreto 487 de 1997

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1º

º. Suprímanse de la planta global de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, establecida por el Decreto 249 de 1994, los cargos que se relacionan a continuación:

Artículo 2º

º. La supresión de cargos previstos en el artículo 1º del presente decreto desempeñados por empleados públicos inscritos en Carrera Administrativa se debe efectuar conforme a lo previsto en el artículo 8º de la Ley 27 del 23 de diciembre de 1992 y su Decreto Reglamentario 1223 del 28 de junio de 1993.

Artículo 3º

º. El presente Decreto rige a partir de su expedición y modifica en lo pertinente el Decreto 249 de 1994.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Transporte
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública