Artículo 1
Derógase el Decreto número 83, de 14 de enero de 1918. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas
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Derógase el Decreto número 83, de 14 de enero de 1918. Comuníquese y publíquese.