Micelio

decreto 208 de 1988

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el artículo 3ºdel Decreto 089 de 1984

Artículo 1La Planta De Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares Para La Vigencia De 1988, Queda Constituida De La Siguiente Manera: Escalafon Regular Escalafon Complementario I

Articulo 1º La Planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia de 1988, queda constituida de la siguiente manera: ESCALAFON REGULAR ESCALAFON COMPLEMENTARIO I. OFICIALES

1.

EJERCITO General 4 Mayor General 11 Brigadier General 24 Coronel 127 10 Teniente Coronel 208 10 Mayor 444 10 Capitán 837 Teniente 994 Subteniente 1.260 ______ ____ TOTAL 3.909 30

2.

ARMADA Almirante 1 Vicealmirante 4 Contraalmirante 10 Capitán de Navío 51 2 Capitán de Fragata 57 5 Capitán de Corbeta 181 5 Teniente de Navío 339 Teniente de Fragata 295 Teniente de Corbeta 269 Teniente Primero 1 _____ ____ TOTAL 1.208 12

3.

FUERZA AEREA General 1 Mayor General 5 Brigadier General 10 Coronel 31 3 Teniente Coronel 73 Mayor 116 2 Capitán 218 Teniente 293 Subteniente 169 ____ ___ TOTAL 916 5 II. SUBOFICIALES 1. EJERCITO Sargento Mayor 317 Sargento Primero 823 Sargento Viceprimero 1.435 Sargento Segundo 2.086 Cabo Primero 4.542 Cabo Segundo 4.101 _____ ___ TOTAL 13.304 2. ARMADA Suboficial Jefe Técnico(SMIM) 161 Suboficial Jefe(SMIM) 441 Suboficial Primero(SMIM) 461 Suboficial Segundo(SMIM) 730 Suboficial Tercero(CPIM) 1.198 Marinero (CPIM) 1.631 _____ ___ TOTAL 4.622 3. FUERZA AEREA Suboficial Técnico Jefe(SM) 91 Suboficial Técnico Subjefe (SP) 276 Suboficial Técnico Primero (SV) 337 Suboficial Técnico Segundo (SS) 295 Suboficial Técnico Tercero (CP) 533 Suboficial Técnico Cuarto(CS) 508 _____ ___ TOTAL 2.040

Artículo 2Con El Propósito De Hacer Viable La Ejecución De Esta Planta De Personal, Desde El Punto De Vista Presupuestal, Los Movimientos De Personas Deberán Hacerse En Forma Gradual, En Las Fechas Previstas En El Decreto 089 De 1984, Consultando Estrictamente Las Necesidades De Efectivos Para El Cabal Cumplimiento De Las Funciones Asignadas A La Institución

º Con el propósito de hacer viable la ejecución de esta planta de personal, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personas deberán hacerse en forma gradual, en las fechas previstas en el Decreto 089 de 1984, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquesey cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 3º del Decreto 089 de 1984 Publíquesey cúmplase
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional