Artículo 1
Adición de un
al Artículo 86 de la Ley 115 de 1994. Adicionar un
al artículo 86 de la Ley 115 de 1994, así: "
Hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19, el Ministerio de Educación Nacional podrá organizar las semanas de trabajo académico que se realizan durante el año en períodos diferentes a los previstos en el inciso primero del presente artículo, a solicitud motivada de la, autoridad competente en educación. Las solicitudes deben tener en cuenta las directrices expedidas por el Ministerio de Educación Nacional.
Artículo 86 LEY 115 de 1994
Artículo 2Vigencia
Vigencia . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.