Artículo 1
Artículo único. En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno se hará la edición de trescientos (300) ejemplares de un folleto que contenga el proyecto de-ley sobre nuevo "Código Electoral, presentado a la honorable Cámara de Representantes. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público