en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1º
º . Suprímese en la Delegación Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas -ONU-, con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, el cargo de Primer Secretario, Grado Ocupacional 3EX, con una asignación básica mensual de tres mil ochocientos cuarenta y un dólares con 88/100 (US $3.841.88), cargo actualmente vacante.
Artículo 2º
º . Créase en la Delegación Permanente de Colombia ante la Organización de Estados Americanos -OEA- con sede en Washington, Estados Unidos de América, un cargo de Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2EX con una asignación básica mensual de tres mil ciento treinta y tres dólares con 69/100 (US$3.133.69) y nombrase provisionalmente para desempeñarlo a la doctora Ana María Villarreal de Cepeda;
Artículo 3º
º . Créase en la Delegación Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas -ONU- con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, un cargo de Tercer Secretario, Grado Ocupacional 1EX, con una asignación básica mensual de dos mil ochocientos ochenta y cinco dólares con 83/100 (US$2.885.83) y nombrase provisionalmente para desempeñarlo al doctor Aurelio Iragorri Valencia.
Artículo 4º
º . Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5º
º . El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C, a 27 de junio de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministro de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.