Micelio

decreto 1325 de 1994

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1º

º . Suprímese en la Delegación Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas -ONU-, con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, el cargo de Primer Secretario, Grado Ocupacional 3EX, con una asignación básica mensual de tres mil ochocientos cuarenta y un dólares con 88/100 (US $3.841.88), cargo actualmente vacante.

Artículo 2º

º . Créase en la Delegación Permanente de Colombia ante la Organización de Estados Americanos -OEA- con sede en Washington, Estados Unidos de América, un cargo de Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2EX con una asignación básica mensual de tres mil ciento treinta y tres dólares con 69/100 (US$3.133.69) y nombrase provisionalmente para desempeñarlo a la doctora Ana María Villarreal de Cepeda;

Artículo 3º

º . Créase en la Delegación Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas -ONU- con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, un cargo de Tercer Secretario, Grado Ocupacional 1EX, con una asignación básica mensual de dos mil ochocientos ochenta y cinco dólares con 83/100 (US$2.885.83) y nombrase provisionalmente para desempeñarlo al doctor Aurelio Iragorri Valencia.

Artículo 4º

º . Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 5º

º . El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C, a 27 de junio de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministro de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
La Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público