Micelio

decreto 2876 de 1994

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales

Artículo 1

Articulo 1º . Apruébase el Acuerdo número 000032 del 13 de octubre de 1994 de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 000032 DE 1994 (octubre 13) por el cual se adecuan en lo respectivo los Estatutos del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes, adoptados mediante Acuerdo número 000039 del 24 de febrero de 1986, a lo previsto en la Ley 80 de 1993. La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes, en uso de sus facultades legales y en especial a las conferidas en el artículo 37 del Decreto 1082 del 4 de abril de 1986, y CONSIDERANDO: Que el nuevo Estatuto de Contratación de la Administración Pública Ley 80 de 1993- dispone que las autoridades competentes adoptarán las medidas necesarias para adecuar los Estatutos Internos de las Entidades Estatales, a lo establecido en esa ley; Que el artículo 14 en el numeral 1º de la Ley 80 de 1993, establece los medios que pueden utilizar las Entidades Estatales para el cumplimiento del objeto contractual y el numeral 2º, lo relativo a pactar las cláusulas excepcionales al derecho común determinación, interpretación y modificación unilateral, de sometimiento a las leyes nacionales y de caducidad en los contratos que tengan por objeto el ejercicio de una actividad que constituya monopolio estatal, la prestación de servicios públicos o la explotación y concesión de bienes del Estado, así como en los contratos de obra. Disponiendo que en los contratos de explotación y concesión de bienes del Estado se incluirá la cláusula de reversión, ACUERDA:

Artículo 1

º . Adecuar los Estatutos del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes, adoptados mediante Acuerdo numero 000039 del 24 de febrero de 1986, aprobados por Decreto número 1082 del 4 de abril de 1986, en lo que a contratación se refiere, a los señalamientos y rentas establecidas en la Ley 80 de 1993, con la finalidad de que su procedimiento se adelante con agilidad y eficiencia, dentro del contexto general de los principios de transparencia, economía y responsabilidad.

Artículo 2

º . Suprimir el numeral 4º del artículo 8º- Funciones de la Junta Directiva-y último aparte del numeral 1º del artículo 18 Funciones del Director General-del Acuerdo número 000039 del 24 de febrero de 1986, aprobados por Decreto número 1082 del 4 de abril de 1986.

Artículo 3

º . Modificar el artículo 32 del Acuerdo número 000039 del 24 de febrero de 1986, aprobado por Decreto número 1082 del 4 de abril de 1986, en el sentido que los contratos que celebre el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, se sujetará a lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones que la adicionen.

Artículo 4

º . Las modificaciones a los Estatutos deberán ser adoptadas mediante Acuerdo de la Junta Directiva y sometidos a la posterior aprobación del Gobierno Nacional.

Artículo 5

º . El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase. La Presidenta, (Fdo.) Luz Stella García Mesa. La Secretaria, (Fdo.) Blanca Imelda Buitrago Velandia».

Artículo 2

Articulo 2º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Educación Nacional
El Director Departamento Administrativo de la Función Pública