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decreto 1573 de 2000

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el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en n

en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993

Artículo 1Delégase En El Ministro De Hacienda Y Crédito Público La Facultad Para Celebrar En Nombre De La Nación, El Contrato Modificatorio Número 3, Del Contrato De Préstamo 540/Oc-Co Suscrito El 14 De Septiembre De 1988, Modificado Mediante Contratos Modificatorios Números 1 Y 2 Del 26 De Enero De 1993 Y 21 De Febrero De 1996, Entre Isagen S

º. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en nombre de la Nación, el Contrato Modificatorio número 3, del Contrato de Préstamo 540/OC-CO suscrito el 14 de septiembre de 1988, modificado mediante contratos modificatorios números 1 y 2 del 26 de enero de 1993 y 21 de febrero de 1996, entre Isagen S.A. y el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, por US$360.000.000 y con garantía de la Nación.

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación

º. El presente decreto rige desde la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de agosto de 2000. ANDRES PASTRANA ARANGO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Eduardo Pizano de Narváez.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República