Artículo 1
º . Excluir la parte pertinente de los contra créditos del artículo 2o. del Decreto 2044 de 1995 en la suma de Cuatrocientos Treinta y Siete Millones Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Cuarenta y Ocho Pesos Moneda Legal ($437.064.548.00), conforme al siguiente detalle: NUM ART ORD SUB REC CONCEPTO TOTAL Sección 1301 Ministerio de Hacienda y Crédito Publico Total 45.000.000 B. Inversión 45.000.000 Unidad 1301 14 Sociedad Financiera de Desarrollo Territorial S.A. 45.000.000 0113 Mejoramiento y Mantenimiento de Infraestructura propia del sector 45.000.000 0603 Caminos Vecinales 45.000.000 235 Rehabilitación y Mantenimiento de carreteables Corregimiento Campo alegre Municipio de Andalucía, Valle 45.000.000 28 Otros recursos de capital 45.000.000 Sección 3201 Ministerio del Medio Ambiente Total 392.064.548 A-Funcionamiento 392.064.548 Unidad 3201 01 Dirección Superior 392.064.548 3 Transferencias 356 Corporación Autónoma Regional del Quindío, CRQ 392.064.548 0001 Servicios Personales 308.064.548 002 Sueldo Personal de Nomina 223.200.000 01 Recursos Ordinarios 223.200.000 004 Bonificación por Servicios prestados 11.165.000 01 Recursos Ordinarios 11.165.000 005 Subsidio de Alimentación 3.680.000 01 Recursos Ordinarios 3.680.000 006 Auxilio de Transporte 1.726.000 01 Recursos Ordinarios 1.726.000 007 Prima de Servicio 14.751.000 01 Recursos Ordinarios 14.751.000 008 Prima de Vacaciones 10.297.000 01 Recursos Ordinarios 14.751.000 009 Prima de Navidad 20.000.000 01 Recursos Ordinarios 20.000.000 012 Bonificación Especial 1.859.000 01 Recursos Ordinarios 1.859.000 021 Prima Técnica 21.386.548 01 Recursos Ordinarios 21.386.548 0003 Transferencias 84.000.000 001 Fondo Nacional de Ahorro 23.0180.000 01 Recursos Ordinarios 23.180.000 008 Caja de Compensación 9.859.000 01 Recursos Ordinarios 9.859.000 009 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) 7.394.000 01 Recursos Ordinarios 7.934.000 010 Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) 4.930.000 01 Recursos Ordinarios 4.930.000 326 Aporte Previsión Social-Servicios Médicos 16.948.000 01 Recursos Ordinarios 16.948.000 327 Aporte Previsión Social Pensiones 21.689.000 01 Recursos Ordinarios 21.689.000
Artículo 2
º . Excluir la parte pertinente de los créditos del artículo 3o. del Decreto 2044 de 1995 en la suma de cuatrocientos treinta y siete millones sesenta y cuatro mil quinientos cuarenta y ocho pesos moneda legal ($437.064.548.00), conforme al siguiente detalle: NUM ART ORD SUB REC CONCEPTO TOTAL Sección 1301 Ministerio de Hacienda y Crédito Publico total 45.000.000 B. Inversión 45.000.000 Unidad 1301 14 Sociedad Financiera de Desarrollo Territorial S.A. 45.000.000 0113 Mejoramiento y Mantenimiento de Infraestructura propia del sector 45.000.000 0502 Red Secundaria 45.000.000 160 Adecuación, Pavimentación Carretera Tamboral- El Salto, Municipio de Candelaria- Valle 45.000.000 28 Otros recursos de capital 45.000.000 Sección 3201 Ministerio del Medio Ambiente Total 392.064.548 B-Inversión 392.064.548 Unidad 3201 01 Dirección Superior 392.064.548 0113 Mejoramiento y Mantenimiento de Infraestructura propia del Sector 100.000.000 0902 Manejo 100.000.000 003 Administración y Manejo de las Aéreas Criticas en el Departamento del Quindío 100.000.000 01 Recursos Ordinarios 100.000.000 0310 Divulgación, Asistencia Técnica y Capacitación del Recurso Humano 254.979.431 0900 Intersubsectorial Medio Ambiente 21.064.000 003 Difusión y Fomento del Cultivo de la Guadua para propósitos múltiples Jurisdicción de Cortolima, Crédito BID 21.064.000 01 Recursos Ordinarios 21.064.000 0902 Manejo 200.000.000 002 Investigación, Conservación y Manejo de los Recursos Naturales Renovables en el Departamento del Quindío 200.000.000 01 Recursos Ordinarios 200.000.000 1103 Producción y Aprovechamiento Forestal 33.915.431 001 Difusión y Fomento del Cultivo de la Guadua para propósitos múltiples en el Departamento del Quindío crédito BID 33.915.431 01 Recursos Ordinarios 33.915.431 0410 Investigación Básica, Aplicada y Estudios 37.085.117 0902 Manejo 37.085.117 001 Aplicación del Plan de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca del Rio La Vieja en el Departamento del Quindío 37.085.117 01 Recursos Ordinarios 37.085.117
Artículo 3
º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los veintidós días de diciembre de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.