Micelio

decreto 2550 de 1990

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política y en desarrollo de los Decretos 2016 de 1968 y 1479 de 1990

Artículo 1A Partir Del 1° De Noviembre De 1990, Suprímese En La Misión Permanente De Colombia Ante La Organización De Los Estados Americanos -Oea- Con Sede En Washington-Estados Unidos De América, Un (1) Cargo De Ministro Plenipotenciario, Grado Ocupacional 6 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Tres Mil Ciento Sesenta Y Cinco Dólares Con 41/100 (Us$ 3

° A partir del 1° de noviembre de 1990, suprímese en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de los Estados Americanos -OEA- con sede en Washington-Estados Unidos de América, un (1) cargo de Ministro Plenipotenciario, Grado Ocupacional 6 EX, con una asignación básica mensual de tres mil ciento sesenta y cinco dólares con 41/100 (US$ 3.165.41), actualmente ocupado por el doctor Carlos Mauricio Acero Montejo, quien pasará a otro cargo.

Artículo 2A Partir Del 1° De Noviembre De 1990, Suprímese En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Venezuela, Un (1) Cargo De Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Tres Mil Nueve Dólares Con 36/100 (Us$ 3

° A partir del 1° de noviembre de 1990, suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Venezuela, un (1) cargo de Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 EX, con una asignación básica mensual de tres mil nueve dólares con 36/100 (US$ 3.009.36), cargo actualmente vacante.

Artículo 3A Partir Del 1° De Noviembre De 1990, Créase En La Misión Permanente De Colombia Ante La Organización De Los Estados Americanos -Oea-, Con Sede En Washington-Estados Unidos De América, Un (1) Cargo De Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Tres Mil Nueve Dólares Con 36/100 (Us$ 3

° A partir del 1° de noviembre de 1990, créase en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de los Estados Americanos -OEA-, con sede en Washington-Estados Unidos de América, un (1) cargo de Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 EX, con una asignación básica mensual de tres mil nueve dólares con 36/100 (US$ 3.009.36).

Artículo 4A Partir Del 1° De Noviembre De 1990, Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Venezuela, Un (1) Cargo De Ministro Plenipotenciario, Grado Ocupacional 6 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Tres Mil Ciento Sesenta Y Cinco Dólares Con 41/100 (Us$ 3

° A partir del 1° de noviembre de 1990, créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Venezuela, un (1) cargo de Ministro Plenipotenciario, Grado Ocupacional 6 EX, con una asignación básica mensual de tres mil ciento sesenta y cinco dólares con 41/100 (US$ 3.165.41).

Artículo 5Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 6Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política y en desarrollo de los Decretos 2016 de 1968 y 1479 de 1990
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público