Micelio

decreto 1164 de 1994

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas en los artículos 16 de la Ley 29 de 1973 y 130 del Decreto 960 de 1970 y oída la propuesta de la Superintendencia de Notariado y Registro, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto número 171 del 20 de enero de 1994 se creó el Círculo Notarial y la Notaría Unica de Silvania, Cundinamarca, como primera categoría

Considerando · 2 motivos

Que mediante el Decreto número 171 del 20 de enero de 1994 se creó el Círculo Notarial y la Notaría Unica de Silvania, Cundinamarca, como primera categoría;

Que realizado un nuevo estudio socioeconómico la Superintendencia de Notariado y Registro reconsideró su anterior posición, haciéndose necesario en consecuencia variar la categoría asignada a la Notaría Unica de Silvania;

Artículo 1º

º. Modifícase la categoría del Círculo Notaial de Silvania, Cundinamarca, el cual se clasificará como de segunda categoría.

Artículo 2º

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia y del Derecho