El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, créase el cargo de Asesor Técnico del Segundo Plan Vial, con asignación mensual de dos mil pesos ($ 2 000.00).
Artículo 2
Artículo segundo . Para desempeñar el cargo creado por el artículo anterior, nómbrase al ingeniero Gabriel Agudelo Sarmiento.
Artículo 2564Del Presupuesto De La Actual Vigencia
Artículo tercero. Los gastos que demande el presente Decreto se cubrirán con cargo al Capítulo 115, artículo 2564 del Presupuesto de la actual vigencia. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas