Artículo 1A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Varíanse Las Clases Y Grados Ocupaciones De Los Empleos De Las Dependencias De La Presidencia De La República Que Se Mencionan En Seguida, Así: Despacho Del Presidente De La Republica Secretaria Privada 1 Secretario Privado Vi 18 1 Secretario Privado Iv-Bis 16 1 Secretario Privado Ii-Bis 12 1 Mecanotaquígrafa Iii 7 1 Oficinista Ii 4 Por 1 Secretario Privado Del Señor Presidente De La República 24 1 Secretario Privado Vi 18 1 Secretario Privado Iv-Bis 16 1 Secretario Auxiliar Vi 12 1 Oficinista Vi 8 Consejeros 2 Consejeros 20 2 Secretarios Auxiliares Ii 7 Por 2 Consejeros 20 2 Secretarios1 Auxiliares Iv 10 Casa Militar 1 Secretario Auxiliar Ii 7 1 Oficinista Ii 4 2 Choferes Iii 5 2 Choferes Ii 4 1 Ecónomo I 3 Por 1 Secretario Auxiliar Iv 10 1 Oficinista V 7 2 Choferes Vii 9 2 Choferes Vi 8 1 Ecónomo Iii 5 Secretaria General De La Presidencia De La República Despacho Del Secretario General 1 Secretario Auxiliar Iv 11 1 Oficinista
º A partir de la vigencia del presente Decreto varíanse las clases y grados ocupaciones de los empleos de las dependencias de la Presidencia de la República que se mencionan en seguida, así: despacho del presidente de la republica Secretaria Privada 1 Secretario Privado VI 18 1 Secretario Privado IV-Bis 16 1 Secretario Privado II-Bis 12 1 Mecanotaquígrafa III 7 1 Oficinista II 4 Por 1 Secretario Privado del señor Presidente de la República 24 1 Secretario Privado VI 18 1 Secretario Privado IV-Bis 16 1 Secretario Auxiliar VI 12 1 Oficinista VI 8 Consejeros 2 Consejeros 20 2 Secretarios Auxiliares II 7 Por 2 Consejeros 20 2 Secretarios1 Auxiliares IV 10 Casa Militar 1 Secretario Auxiliar II 7 1 Oficinista II 4 2 Choferes III 5 2 Choferes II 4 1 Ecónomo I 3 Por 1 Secretario Auxiliar IV 10 1 Oficinista V 7 2 Choferes VII 9 2 Choferes VI 8 1 Ecónomo III 5 Secretaria General de la Presidencia de la República Despacho del Secretario General 1 Secretario Auxiliar IV 11 1 Oficinista. II 4 Por 1 Secretario Auxiliar VIII 14 1 Oficinista V 7 Subsecretaria 1 Subsecretario de la- Presidencia de la República 18 1 Analista de Personal I 11 1 Revisor de Documentos-V 11 1 Revisor de Documentos V 11 1 Secretario Auxiliar II 7 1 Oficinista III 5 1 Oficinista III 5 por 1 Subsecretario General de la Presidencia de la República 24 1 Coordinador Ejecutivo III 18 1 Analista de Personal III 15 1 Revisor de Documentos VIII 14 1 Secretario Auxiliar VI 12 1 Revisor de Documentos IV 10 1 Oficinista V 7 a)Archivo y Biblioteca 1 Bibliotecólogo II 13 1 Bibliotecario III 7 1 Bibliotecario II 5 2 Bibliotecarios II 5 2 Encuadernadores IV 5 1 Oficinista III 5 por 1 Jefe de Grupo XII 16 1 Bibliotecario VII 10 1 Revisor de Documentos III 9 2 Revisores de Documentos II 8 2 Encuadernadores VI 7 1 Oficinista V 7 b)Telecomunicaciones 1 Telegrafista Criptógrafo $ 1.767.50 1 Telegrafista Criptógrafo 11 3 Telefonistas V 7 por 1 Telegrafista Criptógrafo VI 16 1 Telegrafista Criptógrafo IV 14 3 Telefonistas VII 10 Oficina Jurídica 1 Asesor Jurídico III 19 2 Asesores Jurídicos II 18 1 Secretaria Auxiliar II 7 1 Oficinista III 5 por 1 Asesor Jurídico IX 26 2 Asesores Jurídicos VII 24 1 Secretario Auxiliar IV 10 1 Oficinista V 7 Sección de Información y Prensa 1 Jefe de Sección VI 17 2 Redactores II 9 1 Secretaria Auxiliar IV 7 2 Operadores de Máquinas Duplicadoras II 5 1 Oficinista II 4 por 1 Jefe-de Sección XI 22 2 Redactores VII 15 1 Secretaria Auxiliar IV 10 2 Operadores de Máquinas Duplicadoras III-Bis 8 1 Oficinista V 7 Sección de Administración 1 Jefe de Sección VI 17 1 Cotizador VI 7 1 Secretario Auxiliar II 7 1 Oficinista III 5 por 1 Jefe de Sección XI 22 1 Cotizador VII 9 1 Secretario Auxiliar IV 10 1 Oficinista V 7 a)Pagaduría 1 Pagador V 13 1 Liquidador de Cuentas III 7 por 1 Pagador IX 16 1 Liquidador de Cuentas VI 10 b)Almacén 1 Almacenista VII 9 1 Ayudante de Almacén IV 4 por 1 Almacenista IX 11 1 Ayudante de Almacén III 8 c)Alojamiento y Mantenimiento 1 Electricista III 7 1 Auxiliar de Servicios Generales V 5 1 Peluquero 4 1 Auxiliar de Servicios Generales IV 4 1 Pintor III 5 1 Mecánico II 4 1 Jardinero $ 470.00 por 1 Electricista VII 9 1 Carpintero VI 7 1 Peluquero V 8 1 Mecánico V 7 1 Pintor V 7 1 Mecánico Electricista I 7 1 Jardinero VII 7 d)Mecanotaquigrafía 2 Mecanotaquígrafas III 7 3 Mecanotaquígrafas II 5 por 2 Mecanotaquígrafas VI 10 3 Mecanotaquígrafas VI 10 e)Porteros y Mensajeros 19 Auxiliares de Servicios Generales IV 4 por 18 Auxiliares de Servicios Generales VI 6 1 Oficinista VI 8 f)Camareros y Aseo 1 Jefe de Grupo V 9 1 Ecónomo V 9 18 Auxiliares de Servicios Generales III 3 por 1 Jefe de Grupo VIII 12 1 Ecónomo VII 11 18 Auxiliares de Servicios Generales V 5 g)Automotores y Talleres 1 Mecánico VII 9 1 Mecánico III 5 2 Choferes III 5 10 Choferes II 4 4 Motociclistas II' 4 3 Mecánicos I 3 Por 1 Mecánico X 12 1 Mecánico VIII 10 5 Choferes VII 9 7 Choferes VI 8 4 Motociclistas V 7 3 Ayudantes de Mecánica VI 6
Artículo 2Reubicanse Los Siguientes Cargos De La Planta De Personal De La Presidencia De La República, En La Forma Que A Continuación Se Expresa: En La Secretaría Privada: 1 Mecanotaquigrafa-Vi-10 Del Grupo De Mecanografía
º Reubicanse los siguientes cargos de la planta de personal de la Presidencia de la República, en la forma que a continuación se expresa: En la Secretaría Privada: 1 Mecanotaquigrafa-VI-10 del Grupo de Mecanografía. 1 Oficinista VI-8 del Grupo de Porteros y Mensajeros. En la Casa Militar: 1 Chofer VII9-del Grupo de Automotores y Talleres. En la Subsecretaría: 1 Secretaria Auxiliar IV-10 de los Consejeros. En la Oficina Jurídica: 1 Secretario Auxiliar IV-10 de los Consejeros. En la Sección de Información y Prensa: 1 Mecanotaquígrafa VI-10 del Grupo de Mecanografía.
Artículo 3El Personal Que Actualmente Presta Sus Servicios En La Presidencia De La República Y Que Sea Incorporado A La Planta De Personal Que Se Determina Por El Presente Decreto, No Requerirá De Nueva Posesión
º El personal que actualmente presta sus servicios en la Presidencia de la República y que sea incorporado a la planta de personal que se determina por el presente Decreto, no requerirá de nueva posesión.
Artículo 4El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Septiembre De Mil Novecientos Sesenta Y Cinco (1965) Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
º El presente Decreto surte efectos fiscales a partir del 1º de septiembre de mil novecientos sesenta y cinco (1965) y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.