Micelio

decreto 336 de 1922

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Artículo 1Facúltase Al Ministerio De Guerra Para Que Mientras Subsistan Los Efectos De La Disposición Legislativa Antes Citada, Reorganice La Escuela Superior De Guerra, Destinando En Comisión, Para Su Dirección, Profesorado Y Demás Servicios, El Personal De Las Distintas Reparticiones Del Ejercito, Que Estime Necesario Para Dar Completo Desarrollo A Las Tareas Que Le Son Propias, De Conformidad Con El Reglamento Respectivo

° Facúltase al Ministerio de Guerra para que mientras subsistan los efectos de la disposición legislativa antes citada, reorganice la Escuela Superior de Guerra, destinando en comisión, para su Dirección, Profesorado y demás servicios, el personal de las distintas reparticiones del Ejercito, que estime necesario para dar completo desarrollo a las tareas que le son propias, de conformidad con el Reglamento respectivo.

Artículo 2Facúltase Asímismo, Para Determinar Los Oficiales Alumnos De Los Cursos De Estado Mayor Y De Aplicación, Y Para Señalar La Fecha En Que Debe Iniciarse Las Tareas Y La Duración De Ellas En Cada Curso

° Facúltase asímismo, para determinar los Oficiales alumnos de los Cursos de estado Mayor y de Aplicación, y para señalar la fecha en que debe iniciarse las tareas y la duración de ellas en cada curso.

Artículo 3Queda En Estos Términos Modificado, Transitoriamente, El Reglamento Orgánico Y Plan De Estudios De La Escuela Superior De Guerra

° Queda en estos términos modificado, transitoriamente, el Reglamento orgánico y Plan de estudios de la Escuela Superior de Guerra. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra