en ejercicio de sus facultades legales
Artículo 1
A partir de la fecha del presenté Decreto, créase el cargo de Habilitado Almacenista de la Interventoría de la construcción y pavimentación de la carretera Ciénaga- Barranquilla, con una asignación mensual de cuatrocientos cincuenta pesos ($450.00), suma que se cubrirá con cargo al Capítulo 123, artículo 2656 del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 2656Del Presupuesto De Gastos Vigente
Artículo primero . A partir de la fecha del presenté Decreto, créase el cargo de Habilitado Almacenista de la Interventoría de la construcción y pavimentación de la carretera Ciénaga- Barranquilla, con una asignación mensual de cuatrocientos cincuenta pesos ($450.00), suma que se cubrirá con cargo al Capítulo 123, artículo 2656 del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 2
Artículo segundo. Para desempeñar el cargo Habilitado Almacenista de la Interventoría para la construcción de la carretera Ciénaga Barranquilla, creado por el artículo anterior, nómbrase al Señor Blas Alberto Ospina Garzón. Comuníquese y publíquese.