en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el Decreto extraordinario número 3518 de 3949
Artículo 1
Artículo primero. Apruébase en todas sus partes el siguiente Decreto expedido por la Gobernación de Nariño, que a la letra dice: "DECRETO NUMERO 201 DE 1950 (MAYO 29) por el cual se reforma el Decreto número 40 de enero de 1950. El Gobernador del Departamento, en uso de sus atribuciones legales, y de las que le concede el Decreto ejecutivo número 3523 de 9 de_ noviembre de 1949, DECRETA:
Artículo 2
El presente Decreto rige desde su expedición.
Artículo 7Del Decreto Gubernamental 40 De Enero De 1950, Por El Cual Se Crea La Administración Dé Las Rentas Departamentales Y Se Organiza La Empresa Licorera De Nariño, En La Siguiente Forma: Artículo 7° El Gerente De La Empresa De Nariño Será De Libre Nombramiento Y Remoción Del Gobernador Y Tendrá Sueldo Fijo
Artículo único. Reformase el artículo 7° del Decreto gubernamental 40 de enero de 1950, por el cual se crea la Administración dé las Rentas Departamentales y se organiza la Empresa Licorera de Nariño, en la siguiente forma: Artículo 7° el gerente de la empresa de Nariño será de libre nombramiento y remoción del Gobernador y tendrá sueldo fijo. Sométase el presente decreto a la aprobación del ejecutivo Nacional Comuníquese y Cúmplase Dado en Pasto a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta. (Firmados), El Gobernador del Departamento, José Félix Jarado-El Secretario de Gobierno, Juan Francisco Albán-El Secretario de Hacienda, Emiliano Díaz del Castillo Z-El Secretario de Economía, Arístides Castillo-El Secretario de Obras públicas -El Director de Educación, Luis Alfredo Martínez v.
Artículo 3
Artículo segundo . El presente Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y publíquese.