Micelio

decreto 2872 de 1980

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Artículo 1

° . Adiciónase el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1980, en la cantidad de veinte millones de pesos (S 20.000.000) moneda corriente, de acuerdo con el siguiente detalle: Presupuesto de Ingresos Otros recursos Numeral 6 Transferencia del Ministerio de Hacienda para la construcción de inmuebles nacionales $ 20.000.000 Suma el recurso $ 20.000.000

Artículo 2

° . Con base en el Recurso de que trata el artículo anterior, se abren unos créditos y se adiciona el Presupuesto de Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales para la vigencia fiscal de 1980, en la suma de veinte millones de pesos, ($ 20.000.000) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución: Presupuesto de Gastos Inversión directa PROGRAMA 01 Artículo 01 Reconstrucción de inmuebles nacionales $ 20.000.000 Proyecto 29 Edificio Administración de Impuestos Nacionales de Quibdó $ 5.000.000 Proyecto 31 Edificio Administración de Impuestos Nacionales de Manizales 8.000.000 Proyecto 41 Edificio sede Recaudación de Impuestos Nacionales de Girón,20Santander 3.500.000 Proyecto 42 Edificio de Recaudación de Impuestos Nacionales de $ Piedecuesta, Santander 3.500.0000 Suman los gastos $ $ 20.000.000 Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales.

Artículo 3

º . El presente Decreto rige a partir de la20fecha de su expedición Comuníquese publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas y Transporte