Micelio

decreto 335 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 4° del Decreto número 637 de 1951

Artículo 1

Artículo único. Apruébase la siguiente Resolución de la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República: "RESOLUCION NUMERO DE 1955 (FEBRERO ) La Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República, en uso de sus atribuciones legales, RESUELVE:

Artículo 1Rebájase La Cuantía De Los Giros Mensuales Autorizados En El Artículo 1° De La Resolución Número 12 De 1949, Así: A Us$ 100

°. Rebájase la cuantía de los giros mensuales autorizados en el artículo 1° de la Resolución número 12 de 1949, así: A US$ 100.00 para los estudiantes de que trata el ordinal 1°, y a US$ 150.00 para los estudiantes mencionados en los ordinales 2° y 3°. A favor de estos mismos estudiantes se autorizaran giros de US$ 50.00 para gastos de viaje, tanto de ida como de regreso. El valor de los correspondientes pasajes deberá ser pagado a las empresas vendedoras, en moneda colombiana.

Artículo 2A Los Estudiantes Que Se Encuentran Actualmente En El Exterior, Se Les Continuaran Autorizando Giros Con Sujeción A Lo Dispuesto En El Artículo 1° De La Resolución Número 12 De 1949, Hasta El 30 De Junio Del Año En Curso

° A los estudiantes que se encuentran actualmente en el exterior, se les continuaran autorizando giros con sujeción a lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución número 12 de 1949, hasta el 30 de junio del año en curso.

Artículo 3A Partir De La Vigencia De Esta Resolución No Se Autorizaran Giros A Favor De Las Personas Que Viajen Al Exterior

° A partir de la vigencia de esta Resolución no se autorizaran giros a favor de las personas que viajen al exterior.

Artículo 4° Esta Resolución Regirá A Partir De La Fecha De Su Aprobación Por El Gobierno Nacional

° Esta Resolución regirá a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público