Micelio

decreto 206 de 1983

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales

Artículo 1A Partir Del 1° De Febrero De 1983, Acéptase La Renuncia Presentada Por El Doctor William René Parra Gutiérrez, Identificado Con La Cédula De Ciudadanía Número 17114196 De Bogotá, Para Separarse Del Cargo De Profesional Especializado, Código 3010, Grado 09, De La Jefatura Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil

° A partir del 1° de febrero de 1983, acéptase la renuncia presentada por el doctor William René Parra Gutiérrez, identificado con la cédula de ciudadanía número 17114196 de Bogotá, para separarse del cargo de Profesional Especializado, código 3010, grado 09, de la Jefatura del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

Artículo 2Nómbrase A La Doctora Azucena Martínez Alfonso, Identificada Con La Cédula De Ciudadanía Número 414309740 De Bogotá, En El Cargo De Profesional Especializado, Código 3010, Grado 09, De La Jefatura Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil, En Reemplazo Del Doctor William René Parra Gutiérrez, Quien Renunció

° Nómbrase a la doctora Azucena Martínez Alfonso, identificada con la cédula de ciudadanía número 414309740 de Bogotá, en el cargo de Profesional Especializado, código 3010, grado 09, de la Jefatura del Departamento Administrativo del Servicio Civil, en reemplazo del doctor William René Parra Gutiérrez, quien renunció.

Artículo 3Nómbrase A La Doctora Luz Elena Sierra Valencia, Identificada Con La Cédula De Ciudadanía Número 31147235 De Palmira (V

° Nómbrase a la doctora Luz Elena Sierra Valencia, identificada con la cédula de ciudadanía número 31147235 de Palmira (V.) en el cargo de Profesional Especializado, código 3010, grado 10, de la Jefatura del Departamento Administrativo del Servicio Civil, en reemplazo de la doctora Bárbara María Calle Tobón, a quien se le aceptó la renuncia mediante Decreto número 088 del 17 de enero de 1983.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil