Micelio

decreto 335 de 1903

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En uso de sus facultades constitucionales, y CONSIDERANDO: Que, debido al alza continua de los víveres, el auxilio que determina el Presupuesto de la vigencia en curso para el Hospital de San Juan de Dios de esta ciudad, es insuficiente, y que cada día ocurren nuevos enfermos á solicitar socorros de dicho Hospital

Considerando · 1 motivo

Que, debido al alza continua de los víveres, el auxilio que determina el Presupuesto de la vigencia en curso para el Hospital de San Juan de Dios de esta ciudad, es insuficiente, y que cada día ocurren nuevos enfermos á solicitar socorros de dicho Hospital;

Artículo 1

Artículo único. Concédece un auxilio extraordinario de doscientos mil pesos al Hospital de San Juan de Dios de Bogotá, el cual se pagará en la siguiente forma: cincuenta mil, una vez publicado este Decreto, y los ciento cincuenta mil pesos restantes, en contados de á veinte mil pesos mensuales, desde el 31 de Julio próximo venidero en adelante.

Parágrafo

Esta partida se considerará incluida en el Presupuesto.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho Hacienda
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Guerra
El Ministro de Instrucción Pública
El Ministro del Tesoro