en ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial de las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, ordinal 14
Artículo 1Aprobar El Acuerdo 08 Del 27 De Abril De 1993, Expedido Por El Consejo Directivo Del Colegio Mayor De Cundinamarca Por El Cual Se Establece La Planta De Personal Administrativo Y Se Determina El Número De Trabajadores Oficiales De Esa Institución, Cuyo Texto Es El Siguiente: "acuerdo Numero 08 De 1993 (Abril 27) Por El Cual Se Establece La Planta De Personal Administrativo Y Se Determina El Número De Trabajadores Oficiales Del Colegio Mayor De Cundinamarca
° Aprobar el Acuerdo 08 del 27 de abril de 1993, expedido por el Consejo Directivo del Colegio Mayor de Cundinamarca por el cual se establece la planta de personal administrativo y se determina el número de trabajadores oficiales de esa Institución, cuyo texto es el siguiente: "ACUERDO NUMERO 08 DE 1993 (abril 27) por el cual se establece la planta de personal administrativo y se determina el número de trabajadores oficiales del Colegio Mayor de Cundinamarca. El Consejo Directivo del Colegio Mayor de Cundinamarca, en ejercicio de sus funciones legales y estatutarias, ACUERDA: Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias del Colegio Mayor de Cundinamarca serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece: Número de Cargos Denominación del Empleo Código Grado Despacho del Rector. 1 Rector de Colegio Mayor 0055 03 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Secretario 5140 08 1 Conductor Mecánico 6010 08 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03 Planta Globalizada. 1 Vicerrector de Colegio Mayor 0065 02 4 Decano de Colegio Mayor 0160 01 1 Secretario General de Colegio Mayor 2180 07 1 Jefe de División 2040 06 1 Jefe de Sección 2075 02 3 Profesional Especializado 3010 09 1 Profesional Especializado 3010 08 1 Profesional Universitario 3020 09 2 Profesional Universitario 3020 06 2 Profesional Universitario 3020 05 3 Profesional Universitario 3020 04 7 Profesional Universitario 3020 03 2 Médico (M.T.) 3085 14 1 Odontólogo (M.T.) 3085 14 3 Técnico Administrativo 4065 09 1 Técnico en Educación 4075 07 2 Técnico Operativo 4080 07 1 Tesorero 5015 18 7 Secretario Ejecutivo 5040 13 1 Almacenista 5080 11 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 3 Auxiliar Administrativo 5120 09 13 Secretario 5140 08 4 Secretario 5140 06 4 Ayudante de Oficina 5155 07 10 Ayudante de Oficina 5155 05 1 Enfermero Auxiliar 6045 07 5 Celador 6020 04 3 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03 Artículo 2° El Rector mediante resolución hará la distribución de los cargos y la ubicación del personal de la planta globalizada, de acuerdo con la estructura orgánica, planes, programas y necesidades del servicio. Artículo 3° Fíjase en veinte (20) el número de trabajadores oficiales al servicio del Colegio Mayor de Cundinamarca con una asignación básica mensual equivalente al grado 03 de la escala del nivel operativo. Artículo 4° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de aprobación por decreto del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Acuerdos 11 del 21 de febrero de 1983 y 046 del 14 de diciembre de 1992. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 27 de abril de 1993. El Presidente del Consejo, (Fdo.) Dora Nossa de Luna. El Secretario del Consejo, (Fdo.) Bertha Marina Gaitán de Galán".
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 1994 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias En Especial El Decreto 1396 Del 16 De Mayo De 1983
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1994 y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el Decreto 1396 del 16 de mayo de 1983.