Micelio

decreto 1739 de 1986

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones constitucionales

Artículo 1

El artículo 2 del Decreto 3805 de 1985, quedará así: "La Orden se concederá a Oficiales, Suboficiales y soldados de Casas Militares al servicio de Jefes de Estado y de Gobiernos extranjeros y de la Casa Militar de la Presidencia de la República, así como las demás personas y a las unidades militares de que trata el artículo 8º, que a juicio del Consejo de la Orden, se hagan acreedores de esta distinción".

Artículo 2

El artículo 8 del Decreto 380 de 1985, quedará así: "La Orden al Mérito Coronel Guillermo Fergusson, tendrá las siguientes categorías: - Comendador. - Oficial. - Caballero. La Orden en el grado de Comendador se podrá conceder a los Jefes de las Casas Militares al servicio de Jefes de Estado y de Gobiernos extranjeros y al de la Presidencia de la República. Podrá también otorgarse a los Generales de la República y a eminentes personalidades que hayan prestado invaluables servicios a la Presidencia de la República y a unidades terrestres, navales y aéreas de las Fuerzas Armadas. La Orden en el grado de Oficial, podrá concederse a los Subjefes de las Casas Militares, o a quienes hagan sus veces, a los Edecanes Presidenciales, a los Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas y a particulares que hayan prestado servicios meritorios a la Casa Militar. La Orden en el grado de Caballero podrá concederse a los Oficiales Subalternos y Suboficiales que y presten sus servicios en la Casa Militar y al personal civil de la Casa Militar. Igualmente podrá concederse a los Oficiales Subalternos, Suboficiales y soldados que pertenezcan al Batallón Guardia Presidencial y a los Agentes".

Artículo 3

Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República