Artículo 1Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias De La Comisión Nacional De Valores Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: Direccion General Dependencia Y Denominación Del Empleo No De Cargos Código Grado 1
° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Comisión Nacional de Valores serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece: DIRECCION GENERAL Dependencia Y Denominación del empleo No de cargos Código Grado 1.1. Despacho del Presidente: Presidente de la Comisión Nacional de Valores 1 05 Secretario Ejecutivo 1 5040 17 Chofer Mecánico 1 6010 08 1.2. Secretaría General: .Secretario General de la Comisión Nacional de Valores 1 04 Profesional Especializado 1 3010 10 Secretario Ejecutivo 1 5040 17 Secretario 1 5140 10 Auxiliar Administrativo 1 5120 11 Chofer Mecánico 1 6010 06 Auxiliar de Servicios Generales 2 6035 03 Auxiliar de Servicios Generales 2 6035 02 2. UNIDADES EJECUTORAS Dependencia Y Denominación del empleo No de cargos Código Grado 2.1 División de Desarrollo del Mercado: Jefe ele División de la Comisión Nacional de Valores 1 03 Asesor de la Comisión Nacional de valores 1 02 Profesional Especializado 3 3010 10 Secretario Ejecutivo 1 5040 13 Secretario 2 5140 10 2.2. División Técnica Jefe de División de la Comisión Nacional de Valores 1 03 Asesor de la Comisión Nacional de valores 1 02 Profesional Especializado 1 3010 10 Secretario Ejecutivo 1 5040 13 Secretario 2 5140 10 2.3. División Jurídica: Jefe de División de la Comisión Nacional de Valores 1 03 Asesor de la Comisión Nacional de valores 1 02 Profesional Especializado de la Comisión Nacional de Valores 1 01 Profesional Especializado 1 3010 10 Secretario Ejecutivo 1 5040 13 Secretario 2 5140 10
Artículo 2La Designación De Las Personas Que Vayan A Desempeñar Los Empleos Establecidos En El Presente Decreto Se Sujetará A Las Normas Generales Sobre La Materia
° La designación de las personas que vayan a desempeñar los empleos establecidos en el presente Decreto se sujetará a las normas generales sobre la materia.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.