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decreto 134 de 2010

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994 y en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 4975 de 2009, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 4975 de diciembre 23 de 2009, se declaró el estado de emergencia social en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) día

Considerando · 9 motivos

Que mediante el Decreto 4975 de diciembre 23 de 2009, se declaró el estado de emergencia social en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) día;

Que de acuerdo con las motivaciones del mencionado decreto, y con el objeto de conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, se expidieron los Decretos 074 del 18 de enero de 2010, 126, 127, 128, 130 y 131 de enero 21 de 2010, entre otros;

Que de conformidad con el artículo 6° del Decreto 074 de 2010, es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2010, con cargo a los excedentes de la Subcuenta ECAT del Fosyga;

Que de conformidad con el Decreto 126 de 2010, se requiere adicionar el Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Salud, con los ingresos y gastos del Fondo Anticorrupción del Sector Salud;

Que de conformidad con el Decreto 130 de 2010, se requiere incluir como sección presupuestal a la Comisión de Regulación de Juegos de Suerte y Azar;

Que de conformidad con los Decretos 127 y 128 de 2010, se requiere adicionar el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2010 para incluir los recursos del Fondo de Prestaciones Excepcionales en Salud- Fonpres.

Que de conformidad con el Decreto 131 de 2010, se requiere adicionar el Presupuesto de la Comisión de Regulación en Salud - CRES;

Que el artículo 83 del Estatuto Orgánico de Presupuesto dispone: "Los créditos adicionales y traslados al Presupuesto General de la Nación destinados a atender gastos ocasionados por los estados de excepción, serán efectuados por el Gobierno en los términos que este señale. La fuente de gasto público será el decreto que declare el estado de excepción respectivo";

Que como consecuencia de lo anterior es indispensable modificar la Ley 1365 de 2009, "por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010", adicionando el Presupuesto General de la Nación por la suma de quinientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta y cinco millones ochocientos noventa y seis mil pesos ($558.255.896.000) y realizando traslados presupuestales por valor de mil millones de pesos ($1.000.000.000), con el fin de atender los gastos ocasionados por las medidas requeridas para atender el estado de excepción.

Artículo 1

º . Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de quinientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta y cinco millones ochocientos noventa y seis mil pesos ($558.255.896.000), según el siguiente detalle: RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 543.566.896.000 1. INGRESOS CORRIENTES DE LA NACION 339.000.000.000 6. FONDOS ESPECIALES 204.566.896.000 II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS 14.689.000.000 360800 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD A – INGRESOS CORRIENTES 14.089.000.000 361000 COMISION DE REGULACION EN SALUD A – INGRESOS CORRIENTES 600.000.000 III. TOTAL INGRESOS 558.255.896.000

Artículo 2P

º. P resupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Adiciónase el Presupuesto de Gastos del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de quinientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta y cinco millones ochocientos noventa y seis mil pesos ($558.255.896.000), según el siguiente detalle: ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION Cta Prog Subc Subp Concepto Aporte Nacional Recursos Propios Total SECCION 3601 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 346.000.000.000 346.000.000.000 C PRESUPUESTO DE INVERSION 197.566.896.000 197.566.896.000 0630 TRANSFERENCIAS 197.566.896.000 197.566.896.000 0630 304 SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD 197.566.896.000 197.566.896.000 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 543.566.896.000 543.566.896.000 SECCION 3608 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 14.089.000.000 14.089.000.000 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 14.089.000.000 14.089.000.000 SECCION 3610 COMISION DE REGULACION EN SALUD A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 600.000.000 600.000.000 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 600.000.000 600.000.000 TOTAL PRESUPUESTO NACIONAL 543.566.896.000 14.689.000.000 558.255.896.000

Artículo 3Presupuesto De Gastos O Ley De Apropiaciones

º. Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010, la suma de mil millones de pesos moneda legal ($1.000.000.000), según el siguiente detalle: Cta Prog Subc Subp Concepto Aporte Nacional Recursos Propios Total CONTRACREDITOS – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION SECCION 3601 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 1.000.000.000 1.000.000.000 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 1.000.000.000 1.000.000.000 TOTAL CONTRACREDITOS 1.000.000.000 1.000.000.000 CREDITOS – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION SECCION 3611 COMISION DE REGULACION DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 1.000.000.000 1.000.000.000 TOTAL SECCION 1.000.000.000 1.000.000.000 TOTAL CREDITOS 1.000.000.000 1.000.000.000

Artículo 4

º . Los recursos adicionados al Ministerio de la Protección Social en desarrollo del artículo 6º del Decreto 074 de 2010, se destinarán exclusivamente para los fines en él establecidos.

Artículo 5

º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994 y en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 4975 de 2009, y
El Ministro del Interior y de Justicia
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
El Ministro de la Protección Social
El Ministro de Minas y Energía
El Viceministro de Comercio Exterior, Encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio
La Ministra de Educación Nacional
El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
El Ministro de Transporte
La Viceministra de Cultura Encargada de las Funciones del Despacho de la Ministra de Cultura