El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confieren los numerales 4 y 11 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1
º . Derógase los Decretos 1254 de 1999, 1980 de 1999, 2281 de 1999, 1773 de 2000, 497 de 2001 y 352 de 2006, los cuales establecieron en algunos lugares del territorio nacional, restricción a la libertad de locomoción para garantizar la seguridad pública.
Artículo 2
º . El presente decreto rige a partir de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confieren los numerales 4 y 11 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro del Interior y de Justicia
El Ministro de Defensa Nacional