Micelio

decreto 2287 de 1973

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el Ministro de Hacienda y Crédito Público declaró sobrante

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el numeral 3° del artículo 48 de la Ley 9ª de 1972, facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos adicionales y efectuar traslados en el Presupuesto para la vigencia fiscal de 1973, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones y los compromisos, contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que el numeral 3° del artículo 48 de la Ley 9ª de 1972, facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos adicionales y efectuar traslados en el Presupuesto para la vigencia fiscal de 1973, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones y los compromisos, contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que por medio de la Resolución número 9710 de 1973, el Ministro de Hacienda y Crédito Público declaró sobrante, y por lo tanto, disponible para ser contracrelitada la cantidad de $ 75.600.000 en el Presupuesto de Gastos de la Deuda Pública Nacional con el objeto de utilizarla para financiar la apertura de unos créditos adicionales al mismo Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 52 de 1973, para comparar los créditos presupuestales de que trata este Decreto, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Contracréditos Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973: Aquí Va Pdf Adjunto

° Hácense los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973: AQUÍ VA PDF ADJUNTO. DESDE LA PAG. 5, HASTA LA PAG. 6.

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973: Aquí Va Pdf Adjunto

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973: AQUÍ VA PDF ADJUNTO. DESDE LA PAG. 5, HASTA LA PAG. 6.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público