Micelio

decreto 334 de 1953

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en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1Delégase En El Ministerio De Guerra La Conservación De La Carretera Del Cusiana En El Sector Sogamoso-Vado Hondo Y La Reconstrucción De La Misma, Entre Pajarito Y Agua Azul

º. Delégase en el Ministerio de Guerra la conservación de la carretera del Cusiana en el Sector Sogamoso-Vado Hondo y la reconstrucción de la misma, entre Pajarito y Agua Azul.

Artículo 2La Suma De $ 350

º. La suma de $ 350.000.00 apropiada en el Capítulo 116 artículo 1839 ordinal 25) del presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas "Para la carretera Sogamoso-Pajarito- Agua Azul (Carretera del Cusiana), será girada en partidas mensuales al Contador Pagador del Grupo de Artillería "Tarqui" a Sogamoso, funcionario que deberá rendir cuenta comprobada de la inversión de esos fondos a la Contraloría General de la República, enviando además un duplicado de la cuenta mensual al Ministerio de Obras Públicas. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas