Artículo 1º Eximir De La Presentación Del Examen De Estado Como Requisito Para El Ingreso A Los Programas De Pregrado De Educación Superior, A Todos Los Estudiantes Inscritos Para La Presentación Del Examen De Estado Prevista Para El 15 De Marzo Del Año 2020
º Eximir de la presentación del Examen de Estado como requisito para el ingreso a los programas de pregrado de educación superior, a todos los estudiantes inscritos para la presentación del Examen de Estado prevista para el 15 de marzo del año 2020. Los estudiantes inscritos a presentar el Examen de Estado el 15 de marzo de 2020 deberán presentar este Examen, de conformidad con el calendario de aplicación que para el efecto expida el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES.
En el evento que las condiciones de salud pública impidieran la realización del Examen de Estado fijado para el 9 de agosto de 2020, los estudiantes inscritos para esa prueba también quedarán eximidos del cumplimiento del requisito. Los estudiantes inscritos a presentar el Examen de Estado para el 9 de agosto de 2020, deberán presentar el Examen, de conformidad con el calendario de aplicación que para el efecto expida el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES.
Artículo 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.