Artículo 1º Los Empleados Públicos Del Instituto De Mercadeo Agropecuario "idema" Que Ocupan Cargos Para Los Cuales Se Tienen Asignados Gastos De Representación Como Parte De La Remuneración Básica Y A Quienes Por Lo Tanto Se Les Redujo Su Ingreso Real Al Ser Eliminada Tal Asignación Como Renta Exenta, Tendrán Derecho A Un Incremento De La Asignación Básica Mensual Para El Año 1987, De Acuerdo Con Los Siguientes Porcentajes: 1
º Los empleados públicos del Instituto de Mercadeo Agropecuario "IDEMA" que ocupan cargos para los cuales se tienen asignados gastos de representación como parte de la remuneración básica y a quienes por lo tanto se les redujo su ingreso real al ser eliminada tal asignación como renta exenta, tendrán derecho a un incremento de la asignación básica mensual para el año 1987, de acuerdo con los siguientes porcentajes
Gerente General Secretario General Subgerente % Auditor Operativo Nacional 6
Jefe Oficina Asesora II 5
Jefe de División II, Jefe de Oficina Asesora I, Director Regional 4
Jefe de División I 3
Jefe de Unidad I, II, Jefe de Sección, Asistente de Subgerencia, Auditor Operativo Delegado 2
Director de Planta de Silos A, Jefe de Departamento, Director de Centros de operación Comercial A, Investigador Administrativo 1
Laboratorista Almacenista, Director de Planta de Silos B y C, Director de Centro de Operación Comercial B y C 0.5
Director de Centro de operación Comercial D. 0.2
Artículo 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Marzo De 1987
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el DIARIO OFICIAL y surte efectos fiscales a partir del 1º de marzo de 1987.