en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, el literal n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto número 2758 del 20 de diciembre de 2001 se estableció la estructura del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, y se determinaron las funciones de sus dependencias
Considerando · 3 motivos
Que mediante Decreto número 2758 del 20 de diciembre de 2001 se estableció la estructura del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, y se determinaron las funciones de sus dependencias;
Que el literal n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998 determina que deberá adoptarse una nueva planta de personal;
Que la Junta Directiva del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, sometió a aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 033 de fecha 22 de junio de 2001;
Artículo 1Las Funciones Propias Del Servicio Aéreo A Territorios Nacionales, Satena, Serán Cumplidas Por La Planta De Empleados Públicos Que Se Establece A Continuación Así: Número De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado 1 (Uno) Gerente General De Entidad Descentralizada 0015 19 1 (Uno) Subgerente General De Entidad Descentralizada 0040 18 1 (Uno) Jefe De Oficina 0137 16 1 (Uno) Jefe De Oficina Asesora De Jurídica 1045 12 1 (Uno) Jefe De Oficina Asesora De Planeación 1045 09 1 (Uno) Profesional Universitario 3020 13 1 (Uno) Tesorero 5015 25 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 2
°. Las funciones propias del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, serán cumplidas por la planta de empleados públicos que se establece a continuación así: Número de Cargos Denominación del Cargo Código Grado 1 (uno) Gerente General de Entidad Descentralizada 0015 19 1 (uno) Subgerente General de Entidad Descentralizada 0040 18 1 (uno) Jefe de Oficina 0137 16 1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 12 1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 09 1 (uno) Profesional Universitario 3020 13 1 (uno) Tesorero 5015 25 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 2
Artículo 2
º . Fíjase hasta en trescientos veinte (320) el número de trabajadores oficiales al servicio del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena.
Artículo 3
º . El Gerente, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 4
º . Los servidores públicos vinculados al Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, continuarán percibiendo la remuneración mensual que venían devengando, hasta tanto se produzcan las incorporaciones a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 5
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 97 del 10 de enero de 1995 y demás disposiciones que le sean contrarias.