Micelio

decreto 71 de 1946

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1El Señor General Domingo Espinel, Nombrado Enviado Extraordinario Y Ministro Plenipotenciario De Colombia Ante El Gobierno De La Unión De Las Repúblicas Socialistas Soviéticas, Disfrutará De Las Siguientes Asignaciones Mensuales: Mil Pesos ($ 1

° El señor General Domingo Espinel, nombrado Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Colombia ante el Gobierno de la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas, disfrutará de las siguientes asignaciones mensuales: mil pesos ($ 1.000) de sueldo y setecientos pesos ($ 700) para gastos de representación.

Artículo 2Los Señores Jaime López Mosquera Y Carlos Restrepo Piedrahita, Nombrados Segundo Secretario Y Adjunto Comercial, Respectivamente, De La Legación De Colombia En Moscú, Devengarán, En Su Orden Seiscientos Pesos ($ 600), Y Quinientos Pesos ($ 500) De Sueldo Mensual

° Los señores Jaime López Mosquera y Carlos Restrepo Piedrahita, nombrados Segundo Secretario y Adjunto Comercial, respectivamente, de la Legación de Colombia en Moscú, devengarán, en su orden seiscientos pesos ($ 600), y quinientos pesos ($ 500) de sueldo mensual.

Artículo 3Fíjanse Al Señor General Domingo Espinel Dos Mil Quinientos ($ 2

° Fíjanse al señor General Domingo Espinel dos mil quinientos ($ 2.500) para viáticos de ida de Bogotá a Nueva York.

Artículo 4Fíjase A Cada Uno De Los Señores Jaime López Mosquera Y Carlos Restrepo Piedrahita, Mil Seiscientos Pesos ($ 1

° Fíjase a cada uno de los señores Jaime López Mosquera y Carlos Restrepo Piedrahita, mil seiscientos pesos ($ 1.600) para viáticos de ida de Bogotá a Nueva York.

Artículo 5El Gobierno Nacional Cubrirá Directamente Los Gastos De Transporte Del Señor General Domingo Espinel Y De Los Señores Jaime López Mosquera Y Carlos Restrepo Piedrahita, Desde Los Estados Unidos De América Hasta El Lugar De Su Destino; Y Reconocerá, Al Primero, Su Sueldo Y Gastos De Representación, Y A Los Segundos, Sus Sueldos Fijados En El Presente Decreto, Desde La Fecha De Llegada De Tales Funcionarios Diplomáticos A Los Estados Unidos

° El Gobierno Nacional cubrirá directamente los gastos de transporte del señor General Domingo Espinel y de los señores Jaime López Mosquera y Carlos Restrepo Piedrahita, desde los Estados Unidos de América hasta el lugar de su destino; y reconocerá, al primero, su sueldo y gastos de representación, y a los segundos, sus sueldos fijados en el presente Decreto, desde la fecha de llegada de tales funcionarios diplomáticos a los Estados Unidos. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público