en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y en desarrollo de lo dispuesto en el Decreto 532 del 24 de marzo de 2000, CONSIDERANDO: Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 547 de 1999, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2000, el cual se liquidó por medio del Decreto 2686 de 1999
Considerando · 5 motivos
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 547 de 1999, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2000, el cual se liquidó por medio del Decreto 2686 de 1999;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que mediante Decreto 532 del 24 de marzo de 2000 se adicionó el Presupuesto General de la Nación para la presente vigencia fiscal en novecientos treinta y cuatro millones ochocientos sesenta y un mil ochocientos sesenta y dos pesos moneda legal ($934.861.862);
Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;
Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;
Artículo 1
º . Presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2000, en la suma de novecientos treinta y cuatro millones ochocientos sesenta y un mil ochocientos sesenta y dos pesos moneda legal ($934.861.862), según el siguiente detalle: Anexo del decreto, "por el cual se liquida la adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2000, contenida en el Decreto 532 del 24 de marzo de 2000". Detalle de la composición del Presupuesto de Rentas Conceptos Total
Ingresos del Presupuesto Nacional 934.861.862
Recursos de capital de la Nación 934.861.862 2.7 Otros recursos de capital 934.861.862 Numeral 0003 Donaciones 934.861.862 Total Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital 934.861.862 Adiciones - Presupuesto General de la Nación Cta. prog. Subc. subp. Obj. Ord. Rec. Concepto Aporte nacional Recursos propios Total SECCION 1201 Ministerio de Justicia y del Derecho Total 934.861.862 934.861.862 UNIDAD 1201 01 Gestión General 934.861.862 934.861.862 A. Funcionamiento 934.861.862 934.861.862 3 Transferencias corrientes 934.861.862 934.861.862 3 2 Transferencias al sector público 934.861.862 934.861.862 3 2 2 Empresas públicas nacionales no financieras 934.861.862 934.861.862 3 2 2 2 Fondo Ministerio de Justicia y del Derecho 934.861.862 934.861.862 15 Donaciones 934.861.862 934.861.862 TOTAL ADICIONES 934.861.862 934.861.862 Rentas del Presupuesto General de la Nación I. Ingresos del Presupuesto Nacional 934.861.862 II. Recursos de capital de la Nación 934.861.862
Artículo 2
º . Presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2000, en la suma de novecientos treinta y cuatro millones ochocientos sesenta y un mil ochocientos sesenta y dos pesos moneda legal ($934.861.862), según el siguiente detalle: Adiciones - Presupuesto General de la Nación Cta. prog. Subc. subp. Concepto Aporte nacional Recursos propios Total SECCION 1201 Ministerio de Justicia y del Derecho A. Presupuesto de funcionamiento 934.861.862 934.861.862 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 934.861.862 934.861.862
Artículo 3
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquesey cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 7 de abril de 2000. ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Justicia y del Derecho, Rómulo González Trujillo. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar.