Micelio

decreto 827 de 1901

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Artículo 1

El artículo 2.° del Decreto legislativo número 681, de 12 de Marzo de 1900, quedará adicionado así:

Gozaran también de esta gracia los hermanos menores de edad y las hermanas soleras, mientras permanezcan en estado de soltería y observen buena conducta, debiendo todos comprobar debidamente, conforme á la ley, que el finado era para ellos el único sostén y que carecen en absoluto de otros bienes de fortuna.

Artículo 2Del Decreto Legislativo Número 681, De 12 De Marzo De 1900, Quedará Adicionado Así: Gozaran También De Esta Gracia Los Hermanos Menores De Edad Y Las Hermanas Soleras, Mientras Permanezcan En Estado De Soltería Y Observen Buena Conducta, Debiendo Todos Comprobar Debidamente, Conforme Á La Ley, Que El Finado Era Para Ellos El Único Sostén Y Que Carecen En Absoluto De Otros Bienes De Fortuna

Artículo único. El artículo 2.° del Decreto legislativo número 681, de 12 de Marzo de 1900, quedará adicionado así: Gozaran también de esta gracia los hermanos menores de edad y las hermanas soleras, mientras permanezcan en estado de soltería y observen buena conducta, debiendo todos comprobar debidamente, conforme á la ley, que el finado era para ellos el único sostén y que carecen en absoluto de otros bienes de fortuna.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho de Instrucción Pública
El Ministro de Guerra
El Subsecretario del Ministerio del Tesoro, encargado del Despacho