en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 18 de junio del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en la nota número 1011, procedente de la Secretaria de dicha entidad
Artículo 1Hacense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Relaciones Exteriores Capítulo 20: Del Artículo 174
° Hacense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Capítulo 20: Del artículo 174. Para gastos de representación del personal diplomático, en el año $ 10.000.00 Capítulo 21: Del artículo 178. Para sueldos del personal consular en el año 10.000.00 Del artículo 179. Para gastos del personal consular en el año 1.765.00 Suman los contracréditos $ 21.765.00 Capítulo 19: Al artículo 167. Para compra de libros con destino a la biblioteca del Ministerio, gastos de publicación del Boletín, suscripción y compra de revistas y periódicos, en el año $ 1.765.00 Capítulo 20: Al artículo 177. Para viáticos del personal diplomático en el año 20.000.00 Suman los créditos $ 21.765.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
° El Presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.